El Ejido Barajas ubicado en el municipio de Chapa de Mota, Estado de México, tiene autorizada la ejecución del Programa de Manejo Forestal Nivel Avanzado para el aprovechamiento de los recursos forestales maderables con Oficio No. 212H10000-090/2017-NA con fecha de expedición 22 de noviembre de 2017 y vencimiento el de noviembre de 2027 con base en los siguientes dictámenes:
DICTAMEN TÉCNICO No. 212H12006/DT/163/2017 con fecha 28 de septiembre de 2017 emitido por el Departamento de Estudios de Manejo Integral Forestal de PROBOSQUE.
DICTAMEN AMBIENTAL No. 212H12006/DA/123//2017 con fecha 22 de septiembre de 2017 emitido por el Departamento de Estudios de Manejo Integral Forestal de PROBOSQUE.
DICTAMEN JURÍDICO No. PBUJ/0679/2017 del 03 de agosto de 2017 emitido por la Unidad Jurídica de PROBOSQUE.
OPINIÓN DEL COMITÉ DE FOMENTO A LA PRODUCCIÓN FORESTAL del 19 de octubre de 2017. (Comité integrado por la SEMARNAT, PROFEPA, PA, CONAFOR, PROBOSQUE, Organización de Productores Forestales del Estado de México, Cámara Nacional de la Industria Forestal sección Toluca, Colegio de Profesionistas Forestales del Estado de México, La Asociación Mexicana de Profesionales Forestales sección Estado de México y representantes de los H. Ayuntamientos).
TOTAL: 274.20
ARBOLADA: 254.26
Producción: 178.03
Restauración: 41.02
Conservación: 35.21
OTROS USOS: 19.94
Quercus ssp: 10,023.00
Otras hojosas: 579.00
Ingeniero Forestal Responsable:
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LA MOVILIZACIÓN DE LAS MATERIAS PRIMAS RESULTANTES DEL APROVECHAMIENTO DEBERÁ HACERSE EN APEGO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 91 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE VIGENTE , ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99 Y 100 DE SU REGLAMENTO.
LOS TRÁMITES DE SOLICITUD DE REMISIONES FORESTALES PARA EL TRANSPORTE DE MATERIAS PRIMAS FORESTALES QUE SE OBTENGAN DEL APROVECHAMIENTO FORESTAL AUTORIZADO, DEBERÁN REALIZARSE ANTE LA DELEGACIÓN FEDERAL DE LA SEMARNAT EN EL ESTADO DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 70 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE VIGENTE Y 95, 96, 97, 98, 99 Y 100 DE SU REGLAMENTO, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 40 FRACCIÓN XXXIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES , CON SUS REFORMAS.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE, DEBERÁ PRESENTAR A PROBOSQUE, UN INFORME ANUAL.
ASÍ LO RESUELVE , Y FIRMA EL DIRECTOR GENERAL DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO "PROBOSQUE", MISMO QUE ACTÚA EN FORMA LEGAL DE CONFORMIDAD CON EL CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA ASUNCIÓN DE FUNCIONES EN MATERIA FORESTAL, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL OCHO DE JULIO DEL DOS MIL TRES; ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN 11 Y 1 O FRACCIÓN 1 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA PROTECTORA DE BOSQUES DEL ESTADO DE MÉXICO .
El Mecanismo Local de Pago por Servicios Ambientales tiene por objetivo establecer pagos por servicios ambientales promoviendo la conjunción de recursos financieros y operativos de la CONAFOR y PROBOSQUE (En este caso como parte interesada) en aportar recursos económicos para incentivar la creación y fortalecimiento de Mecanismos Locales. Dichos Mecanismos Locales complementan los esquemas de pago por servicios ambientales de la CONAFOR, diversificando las fuentes de financiamiento y participación privada en la conservación de los ecosistemas forestales. El Ejido Barajas ubicado en el municipio de Chapa de Mota, Estado de México, es uno de los tantos Proveedores de Servicios Ambientales que participa en este concepto de apoyo.
La brigada contra incendio se equipó con indumentaria básica para un grupo de 10 brigadistas del ejido. El equipamiento incluye uniforme, rastrillos, azadones, pulaski, mochila aspersora, McLeao.
Se hace con el fin de sensibilizar a los transeúntes que el área por la que circular está bajo el esquema de pago por servicios ambientales a través de fondos concurrentes y es preciso el cuidado especial del área, su infraestructura su flora y su fauna.
Son recorridos que realiza un grupo de ejidatarios en el polígono asignado para la detección de tala ilegal, extracción de tierra de hoja, saqueo de fauna y flora, y cuidado de la infraestructura del ejido.
Se adquirió con el fin de mantener comunicados los grupos que realizan actividades dentro del ejido, así como a los integrantes de la brigada contra incendios cuando trabajan por cuadrillas separadas realizando recorridos en la época de estiaje.
Gracias a los recursos aportados por este proyecto, también se pudo realizar la apertura de un tramo de camino para la extracción del carbón producto del aprovechamiento forestal en el ejido; este camino también facilita el acceso al predio de la brigada contra incendios y el desarrollo de otras actividades.
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